Última actualización: 16 junio, 2026

¿Cuáles son los requisitos de un contrato en prácticas? (Actualizado 2026)

Normativa laboral · Guía actualizada 2026

Turijobs Blog 7 min de lectura Contratos · Primera experiencia · Empleo

El contrato en prácticas es una de las mejores formas de dar el primer paso en tu carrera profesional. Te permite obtener experiencia laboral remunerada vinculada a tu formación, con derechos laborales reales. Desde la reforma laboral de 2022 y el Real Decreto 1065/2025, la normativa ha cambiado significativamente: aquí te lo explicamos todo actualizado.

Novedad — Real Decreto 1065/2025

Publicado el 27 de noviembre de 2025, este decreto regula en detalle las condiciones de los contratos formativos. Establece que el salario nunca puede ser inferior al SMI (1.221 €/mes en 2026) y refuerza los límites de jornada y tutorización.


¿Qué es un contrato en prácticas?

El contrato en prácticas —ahora denominado oficialmente contrato formativo para la obtención de práctica profesional— está pensado para personas que ya han terminado sus estudios y quieren adquirir experiencia práctica vinculada a su titulación.

Desde la reforma laboral de 2022, los contratos formativos se dividen en dos modalidades diferenciadas:

Contrato de formación en alternancia

Para estudiantes que combinan formación oficial (FP, universidad o SEPE) con trabajo. Duración de 3 meses a 2 años. El primer año, la jornada máxima es el 65% de la ordinaria; el segundo, el 85%. No se permiten horas extra, trabajo nocturno ni turnos (salvo fines pedagógicos).

Contrato para la obtención de práctica profesional

Para personas que ya han terminado sus estudios universitarios o de FP. Duración de 6 meses a 1 año (ampliable a 2 años en casos de discapacidad o exclusión social). Solo una prórroga está permitida. Es el equivalente actualizado del antiguo "contrato en prácticas".


Requisitos del contrato formativo para práctica profesional

Titulación: título universitario, FP de grado medio o superior, o certificado de profesionalidad de nivel 1, 2 o 3
Plazo desde la titulación: el contrato debe firmarse en los 3 años siguientes a la obtención del título (5 años si hay discapacidad)
Experiencia previa: no puede firmarse si la persona tiene más de 3 meses de experiencia previa en la misma actividad
Jornada: igual que el resto de la plantilla, sin los límites porcentuales del contrato de alternancia
Plan formativo individual: la empresa debe establecer un itinerario de aprendizaje con evaluación
Tutor/a: cada tutor/a puede acompañar a un máximo de 5 personas en prácticas
Sin límite de edad

A diferencia del antiguo contrato en prácticas, el contrato para práctica profesional no tiene límite de edad. Lo que importa es que el título sea reciente (obtenido en los últimos 3 años) y que no haya experiencia previa significativa en esa actividad.


¿Cuánto se cobra en un contrato en prácticas?

Esta es una de las novedades más importantes del Real Decreto 1065/2025: el salario nunca puede ser inferior al SMI, independientemente del año del contrato.

SMI 2026 (mínimo garantizado)
1.221 €
Mensuales brutos
Primer año (si hay convenio)
≥ 60%
Del salario de convenio del grupo
Regla clave

Si el 60% o el 75% del salario de convenio resulta inferior al SMI, se aplicará el SMI. El SMI es siempre el suelo mínimo garantizado, sin excepción.


Otros aspectos importantes a tener en cuenta

Período de prueba: no puede exceder de 1 mes
Jornada completa o parcial: debe especificarse en el contrato
Contenido obligatorio del contrato: titulación, duración, cargo, plan formativo individual y tutor/a asignado
Cotización a la Seguridad Social: sí, desde el primer día. Tienes acceso a todas las prestaciones sociales (sanidad, desempleo, futura jubilación)
Certificado al finalizar: la empresa debe entregarte un documento que especifique duración, puesto y funciones realizadas
Vacaciones: tienes derecho a los mismos días de vacaciones que el resto de la plantilla

¿Son lo mismo un contrato en prácticas y una beca?

No. Son dos figuras jurídicamente distintas y con consecuencias muy diferentes. Esta tabla te ayuda a entender las diferencias clave:

📋 Contrato en prácticas
· Relación laboral regulada por el Estatuto de los Trabajadores
· Salario mínimo garantizado (nunca inferior al SMI)
· Alta en la Seguridad Social desde el primer día
· Acceso a desempleo, sanidad y cotización para jubilación
· Posible indemnización al finalizar según circunstancias
· Solo intervienen empresa y trabajador
🎓 Beca
· No es una relación laboral; no aplica el ET
· La ayuda económica no está regulada por la legislación laboral
· Sin alta en la Seguridad Social (salvo prácticas formativas desde 2024)
· Sin acceso a prestaciones laborales ordinarias
· Sin indemnización al cancelarse
· Interviene también el centro educativo
Novedad 2024

Desde 2024, el alumnado en prácticas formativas —remuneradas o no— está incluido en el sistema de la Seguridad Social. Esto ha acercado parte de la protección de las becas a la de los contratos, aunque siguen siendo figuras distintas.

Si te ofrecen "prácticas no remuneradas" bajo formato de contrato formativo, eso ya no es legal desde el Real Decreto 1065/2025.

Todo contrato formativo debe retribuirse, como mínimo, con el SMI proporcional a la jornada trabajada.

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Artículo de carácter divulgativo. Normativa de referencia: Reforma laboral 2022, Real Decreto 1065/2025 y Estatuto de los Trabajadores (art. 11). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta siempre fuentes oficiales o un profesional para tu caso concreto. Turijobs · Tourism jobs for everyone.

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